La Ley INRA

La nueva ley reconoció por primera vez a las comunidades originarias, las organizaciones indígenas tradicionales y los territorios indígenas en el oriente (que habían recibido el primer territorio por la vía de decreto en el gobierno de Jaime Paz).
Eximió de pago de impuestos al solar campesino, la pequeña propiedad y la tierra de comunidad. Estableció un nivel de impuestos racional para la mediana y gran propiedad y determinó la reversión para las tierras abandonadas, que no pagan impuestos o están en contra del bien común.
Tuvo la tarea de titular definitivamente las tierras de comunidades, dio preferencia a la dotación a comunidades e indígenas organizados colectivamente y adjudicó tierras fiscales por concurso público y con objeto de su uso productivo.
Los puntos más destacados:
- Reconoce a las comunidades originarias en la zona andina. Implica el reconocimiento de propiedad colectiva y no solo individual.
- Crea el concepto de Tierras Comunitarias de Origen TCO, garantizando los derechos territoriales de los pueblos y comunidades indígenas.
- Exime de pago de impuestos al solar campesino, la pequeña propiedad y la tierra de comunidad.
- Impone un impuesto a la mediana y gran propiedad.
- Define la función económica y social de la tierra y establece la reversión al Estado de tierras abandonadas que no pagan impuestos.
- Permite el inicio de una política de saneamiento de tierras.

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